Hoy te contaremos 2 mentiras sobre la protección de datos personales en tu edificio, un tema que afecta sensiblemente la convivencia en las copropiedades.
Imagina que solicitas respetuosamente a la administración del edificio los estados financieros de la copropiedad y el informe del revisor fiscal. (casual, es tu derecho piensas)
Pero el administrador te contesta que no puede darte esa información porque se encuentra protegida por la ley de tratamiento de datos personales (Ley 1581 de 2012) ¿Te ha pasado?
Y es que, luego de las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y comercio a las propiedades horizontales que no han sido pocas y tampoco económicas (te dejamos un caso puntual), algunos administradores han optado por blindar la información de la copropiedad.
Como no se hace una debida clasificación de los datos que tiene la copropiedad, a veces, para acceder a la información, requieres estrategias tan descabelladas como las usadas por el Profesor en la Casa de papel.
Pero ¿es deber del administrador abrigar la información financiera del edificio bajo el manto de la ley de protección de datos personales alegando la aplicación del derecho de Habeas data?
Primero lo primero, ¿qué es el régimen de protección de datos personales?
Este régimen es un compendio de leyes y decretos que busca garantizar un derecho fundamental constitucional que se ha denominado HABEAS DATA.
Conforme al artículo 15 de la Constitución política de 1991:
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
Así que, lo primero que se debe tener en cuenta, es que el objetivo de este régimen de protección de datos personales es proteger derechos fundamentales de las personas como tu o como yo.
Es una mentira que con este régimen aplique para personas jurídicas como lo es tu edificio.
¿Qué es un dato personal?
Así es, como la ley 1581 de 2012 define dato personal como:
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables
Este régimen legal gira en torno a las personas, a los ciudadanos de a pie.
Por tanto, la información de la copropiedad, (de esa persona jurídica sin animo de lucro de naturaleza civil que usa el apellido Propiedad horizontal), es decir, la información relativa al edificio como los estados financieros o el informe del revisor fiscal NO se encuentran protegidos bajo el régimen de tratamiento de datos personales, como tampoco se encuentran amparados por el derecho de habeas data.
2 mentiras sobre la protección de datos personales en tu edificio
Mentira 1: los datos del edificio son datos personales
Mentira 2: los datos del edificio se encuentran protegidos por la ley de tratamiento de datos personales.
Los administradores de propiedad horizontal no deben negar el acceso a la información de estados financieros, informes de revisor fiscal, información sobre pólizas, actas de asambleas o de consejo, argumentando la ley de protección de datos personales o el derecho de habeas data.
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