Avance de la reforma a la ley de propiedad horizontal: Tres debates pendientes

reforma a la ley

La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate la reforma a la ley 675 de 2001. Los artículos restantes del proyecto de ley unificado, publicado en la Gaceta del Congreso de la República No. 451 el 10 de mayo de 2022, deberán ser aprobados en segundo debate.

Durante el proceso, los representantes a la Cámara presentaron propuestas de adición y modificación, las cuales deberán ser consideradas por los ponentes del proyecto al construir el texto que se presentará en la plenaria de la Cámara de Representantes. Es en este escenario donde se llevará a cabo el segundo debate de este controvertido proyecto de ley, que busca reformar el régimen de propiedad horizontal.

Proposiciones destacadas de los representantes en la reforma de la ley de propiedad horizontal

Entre las propuestas realizadas por los representantes, se pueden identificar las siguientes:

  1. Obligatoriedad de contar con un revisor fiscal en todas las copropiedades que tengan más de 30 unidades privadas (excluyendo parqueaderos y depósitos).
  2. Delegación al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para establecer las faltas, sanciones, graduación de la culpa y procedimiento sancionatorio del administrador o copropiedad. Sin embargo, se omite lo más importante: proporcionar instrucciones claras sobre cómo llevar a cabo la administración de una copropiedad.
  3. Desconocimiento de la legislación actual relacionada con la vivienda turística, que requiere que el reglamento de la copropiedad permita la prestación de servicios de hospedaje. Resulta lamentable escuchar a los ponentes de la ley hablar con tanta seguridad sobre un tema que claramente ni siquiera han investigado.

El artículo más debatido: Vivienda turística

El artículo más debatido por la comisión, aunque no el más polémico, es el siguiente:

«Artículo 101. De los servicios de hospedaje o alojamiento en la propiedad horizontal. La ejecución de las actividades relacionadas con los servicios de hospedaje o alojamiento en la propiedad horizontal está permitida, salvo que la asamblea de copropietarios lo prohíba mediante mayoría calificada.
Para el ejercicio de la actividad, se requerirá inscripción por parte del propietario del inmueble en el Registro Nacional de Turismo, de conformidad con lo establecido en los Decretos Nacionales 2590 de 2009, 4933 de 2009 y 1836 de 2021 o en las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan.
Cuando el servicio de hospedaje u alojamiento sea ofrecido a través de plataformas tecnológicas, se deberá señalar en la misma que el inmueble está sometido al Régimen de Propiedad Horizontal, indicando los derechos y obligaciones a los que está sometido el bien.»

Después de un intenso debate, este artículo fue aprobado con una adición. Finalmente, el texto propuesto para el primer debate en la Comisión Primera de la Cámara, que incluye el Proyecto de Ley Número 205 de 2022 acumulado con el Proyecto de Ley Número 282 de 2022, fue aprobado por unanimidad por los 28 representantes presentes en el debate del 30 de mayo de 2023.

¿Qué sigue después? Avances y próximos pasos en la reforma de la ley de propiedad horizontal

Aún restan tres debates más para que esta reforma se convierta en ley. Sin duda, esta ley será objeto de numerosas acciones constitucionales, ya que lo aprobado hasta el momento viola de manera flagrante la Constitución Política de 1991.

Resulta llamativa la ausencia de la congresista Olga Lucía Velásquez Nieto, coordinadora de la Comisión Accidental Permanente de Propiedad Horizontal, de la cual surgió el proyecto de ley No. 282 de 2022, que posteriormente se unificó con el proyecto de ley 205 de 2022. A pesar de haber presentado propuestas, la congresista no estuvo presente en el debate de la cámara para justificar sus posturas respecto al texto en estudio por la Comisión Primera.

Ahora se abre el camino hacia los siguientes debates, donde se discutirán y analizarán en detalle los aspectos pendientes de esta reforma a la ley de propiedad horizontal. Es importante que los legisladores consideren las implicaciones y consecuencias de cada artículo para garantizar una legislación sólida y coherente que beneficie a todos los involucrados en el régimen de propiedad horizontal.

DIANA CAROLINA RUIZ MUÑOZ

Directora Corporación P.H.

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